ASOCIACION DEL PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

Noticias de Apinta

  • 01-06-2006

    Integral y desde que se afilian a la Obra Social

    Cobertura en salud para las domésticas
    Clarín - El País

    Las empleadas domésticas registradas o "en blanco" tendrán la cobertura médica integral del Programa Médico Obligatorio "desde el momento de su adhesión al régimen".

    Esto significa que, al afiliarse, la empleada ya tiene derecho a las prestaciones ambulatorias, como consultas en consultorios, de urgencia y emergencia a domicilio, a las prácticas y diagnósticos, al plan materno infantil, a las internaciones y a las prestaciones de alta complejidad.

    Así lo dispuso una resolución de la Superintendencia de Salud que además ratificó, como adelantó Clarín, que las empleadas domésticas registradas o "en blanco" pueden elegir cualquier obra social nacional. Y cambiar de entidad una vez por año.

    Sin embargo, según la Superintendencia, "un número importante" de empleadas que abonaron la cuota mensual no eligió ninguna obra social.

    Entonces, la Superintendencia aclaró que esas empleadas van a ser asignadas a una de las 4 obras sociales inscriptas en el registro para empleadas del servicio doméstico. Pero conservando el derecho a elegir cualquier obra social desde el mismo momento de esa asignación. Para eso la Superintendencia enviará una carta a cada empleada asignada informándole de la situación.

    Esas cuatro obras sociales son las del Personal auxiliar de casas particulares, Construcción, Edificios de Renta y Seguridad Privada.

    Con estas medidas, a lo que se agrega el beneficio impositivo para el patrón (deducción de 6.000 pesos por año de la base imponible de Ganancias), lo que se busca es incentivar el blanqueo de empleadas domésticas.

    Por este régimen, a cambio de pago de una cuota mensual de 59,44 pesos por mes más $ 22,22 por cada hijo, la empleada ya está en condiciones de inscribirse en la obra social que elija. Y tiene derecho a la pensión por invalidez y fallecimiento, a la vez que si acumula 30 años de aportes y contribuciones podrá jubilarse a partir de los 60 años con el haber mínimo.

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