ASOCIACION DEL PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

Noticias de Apinta

  • 12-07-2005

    El Doradilo, zona intangible

    No se implementa ningún plan de manejo. Es necesario preservar la diversidad biológica
    y cultural del medio.
    Editorial, La Nación

    La excepcionalidad del lugar provocó que se desarrollara allí, a través de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental de la Nación, un detallado estudio de valoración paisajística y económica, financiado por el Banco Mundial, para establecer la importancia del área como sitio de recreación natural y fuente de riqueza futura para la comunidad. Como consecuencia de esa actividad se declaró a la zona en 2001 -por unanimidad del Concejo Deliberante de la ciudad de Puerto Madryn- Paisaje Terrestre y Marino Protegido. La norma impide cualquier tipo de instalación o construcción en una franja costera de unos 1500 metros de ancho desde la altura de la más alta marea, y de modo expreso prohíbe la actividad de las canteras en las playas de arena.

    Tal como lo resaltamos en esta columna meses atrás, resulta insólito y lamentable que la gestión actual del municipio de Puerto Madryn haya autorizado de modo discrecional la actividad de canteras en contra no solamente de la norma mencionada, sino de la propia Constitución de la provincia, de la ley general del ambiente de Chubut, y de la carta orgánica municipal, violando de modo flagrante el deber de las autoridades de preservar la integridad y diversidad natural y cultural del medio.

    La escasa capacidad del municipio en materia ambiental no es novedad: en El Doradillo no se implementa plan de manejo alguno pese al plazo de 180 días establecido para ello en 2001; se tolera el vuelco de efluentes con alta carga orgánica en las cristalinas aguas del golfo Nuevo y se permite la ilegal e incesante actividad de canteras que destruye un patrimonio exquisito, una fuente fundamental de recursos de las actuales y futuras generaciones de la provincia.

    La Constitución de Chubut expresamente ha declarado de interés provincial las acciones destinadas a la conservación del patrimonio natural y la ley general del ambiente impone a la autoridad provincial no sólo la aplicación de normas relacionadas con la preservación del ambiente, sino la investigación de oficio o por denuncia de cualquier acción degradante del ambiente.

    Es por ello que, tratándose de una playa única en el mundo, y un atractivo recreativo incomparable, como lo resaltó el propio vicepresidente de la Nación en su reciente visita de inauguración de la Temporada de Ballenas 2005, resulta elogiosa y oportuna la propuesta de la Legislatura provincial de declarar intangible el área costera del paisaje protegido, de modo de dar por terminado un daño ambiental grosero. Es indispensable detener esa degradación tan notable que impacta la calidad escénica de un área protegida que constituye un orgullo para la ciudad. La extracción de material puede hacerse en otros sitios, como lo realizan empresarios responsables que recorren decenas de kilómetros para obtener el material sin degradar el ambiente.

    La reciente ley está ahora solamente sujeta a la aprobación definitiva del gobernador Das Neves, que conoce la importancia de internalizar, de modo inteligente, la política de la provincia de promover el turismo con calidad, que hoy atrae a miles de visitantes ávidos de naturaleza y ballenas.

    Cada camión que retira arena y canto rodado no sólo deja una huella imborrable en las playas, sino que desvaloriza de modo irreversible un patrimonio irreemplazable, un sitio de recreación y fuente de recursos genuinos para la ciudad. Terminar con las canteras en el área protegida El Doradillo constituiría la verdadera aplicación de una política seria para preservar su patrimonio natural.

     

     

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