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Noticias de Apinta

  • 28-02-2007

    Cambios en haberes de autónomos

    Caen los de quienes aportarán menos

    La Nación

    Los trabajadores autónomos con altos ingresos aportarán menos a partir de marzo al sistema de la seguridad social. Y, como contrapartida, tendrán en el futuro un haber jubilatorio más reducido que el que podían esperar hasta ahora. El nuevo sistema que dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elimina las categorías más elevadas del régimen, en las que se contribuía con un monto mensual de hasta $ 1536 por mes. En los niveles que desaparecen, en rigor, hay sólo 1150 aportantes, sobre 420.000 autónomos regulares.

    En el esquema que estará vigente a partir de mañana el aporte más elevado será de $ 563 y la renta mensual de referencia sobre la que se calculará el haber jubilatorio en reparto ascenderá a 1760. Desaparecen tres valores de rentas que se usaban para el cálculo de las jubilaciones de quienes tenían mayores aportes: esos montos eran de 2557, 3837 y 4800 pesos. Estimados sobre esos montos, las jubilaciones resultaban obviamente más altas.

    Los aportantes que estén adheridos a una administradora de fondos de jubilaciones y pensiones (AFJP) podrán sumar aportes voluntarios si quieren mejorar el nivel de la jubilación esperada. En reparto, en cambio, no existe tal posibilidad.

    Sin cambios

    En las categorías de autónomos de ingresos medios no se producirán diferencias significativas en los beneficios futuros, ya que las nuevas rentas de referencia son similares a las que ya existían. En el caso de los montos más bajos, si bien los valores difieren, el efecto es neutro, ya que se trata de personas que no accederán a más ingreso que el haber jubilatorio mínimo, hoy de $ 530.

    Según una resolución del Ministerio de Trabajo, publicada ayer en el Boletín Oficial, para quienes están actualmente aportando la jubilación futura se calculará teniendo en cuenta, hasta este mes, el viejo esquema y, desde marzo, el dispuesto por el decreto 1866, de diciembre pasado.

    El reempadronamiento obligatorio de autónomos dispuesto por esa norma del Poder Ejecutivo comenzará mañana. El trámite podrá realizarse, ingresando en www.afip.gov.ar , hasta el 15 de agosto. Después de esa fecha, la AFIP dará de baja a quienes no se hayan reinscripto.

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