ASOCIACION DEL PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

Gremiales

  • 12-06-2006

    Decreto 680/2006

    Homológase actas acuerdos y sus respectivos anexos, de fecha 10 de mayo de 2006, de las Comisiones Negociadoras de determinados Convenios Colectivos de Trabajo Sectorial.
    Boletín Oficial Nº 30.916 - 31 de mayo de 2006

    EMPLEO PUBLICO NACIONAL
    Decreto 680/2006

    Homológanse actas acuerdos y sus respectivos anexos, de fecha 10 de mayo de 2006, de las Comisiones Negociadoras de determinados Convenios Colectivos de Trabajo Sectorial.
    Bs. As., 30/5/2006


    VISTO el Expediente Nº 1.169.017/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (T.O. 2005) y sus modificatorias, la Ley Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006, el Acta Acuerdo del 10 de mayo de 2006 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal de la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, el Acta Acuerdo del 10 de mayo de 2006 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE (Decreto Nº 277 del 14 de febrero de 1991 y sus modificatorios), el Acta Acuerdo del 10 de mayo de 2006 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), el Acta Acuerdo del 10 de mayo de 2006 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Cuerpo de Administradores Gubernamentales (Decreto Nº 2098 del 30 de diciembre de 1987 y sus modificatorios), el Acta Acuerdo del 10 de mayo de 2006 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Cuerpo de Guarda parques Nacionales (Decreto Nº 1455 del 3 de septiembre de 1987), el Acta Acuerdo del 10 de mayo de 2006 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), el Acta Acuerdo del 10 de mayo de 2006 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN), el Acta Acuerdo del 10 de mayo de 2006 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA) aprobado por el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995) y sus modificatorios, el Acta Acuerdo del 10 de mayo de 2006 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de Orquestas, Coros y Ballets dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, y

    CONSIDERANDO:

    Que la Ley Nº 24.185 estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.

    Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la Ley Nº 24.185 y por el Anexo II el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214/06, se han constituido las Comisiones Negociadoras Sectoriales individualizadas en el Visto.

    Que las partes, en el marco previsto por el artículo 6º de la Ley Nº 24.185, reglamentado por el artículo 5º del Decreto Nº 447/93 y sus normas complementarias, arribaron a acuerdos de nivel sectorial relativo al régimen retributivo del personal comprendido en cada uno de ellos, con vigencia a partir del 1º de junio de 2006 y del 1º de agosto de 2006 y concretados a través de las Actas Acuerdo de fecha 10 de mayo de 2006 de las precitadas Comisiones Negociadoras Sectoriales.

    Que los mencionados Acuerdos cumplen con los requisitos del artículo 11 de la Ley Nº 24.185.
    Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los artículos 79, segundo párrafo, y 80, inciso b), del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214/06.

    Que asimismo ha emitido el correspondiente dictamen la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público.

    Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención prevista en los artículos 7º, 10 y concordantes de la Ley Nº 24.185.

    Que a los fines de su instrumentación, la vigencia de los incrementos retributivos acordados se adecua a las previsiones de los artículos 15 de la Ley Nº 24.185 y 62 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (T.O. 2005) y sus modificatorias.

    Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

    Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y 14 de la Ley Nº 24.185.

    Por ello,
    EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
    DECRETA:

    Artículo 1º — Homológanse las Actas Acuerdos y sus respectivos Anexos, de fecha 10 de mayo de 2006, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal de la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE (Decreto Nº 277 del 14 de febrero de 1991 y sus modificatorios), de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Cuerpo de Administradores Gubernamentales (Decreto Nº 2098 del 30 de diciembre de 1987 y sus modificatorios), de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Cuerpo de Guardaparques Nacionales (Decreto Nº 1455 del 3 de setiembre de 1987), de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION SIGEN), de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA) aprobado por el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995) y sus modificatorios y de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de Orquestas, Coros y Ballets dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, que como Anexo forman parte integrante del presente decreto.

    Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Carlos A. Tomada.

    En la ciudad de Buenos Aires, a los 10 días de mayo de 2006, siendo las 17:00 hs. en la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, ante el representante del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Sr. Director de Dictámenes y Contenciosos, Dr. José Elías Miguel VERA, en su carácter de Presidente de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, Sectorial INTA, comparecen en representación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Sr. Subsecretario de Coordinación y Evaluación Presupuestaria Dr. Julio VITOBELLO, en representación de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, su titular, el Dr. Juan Manuel ABAL MEDINA, y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el titular de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA, el Lic. Raúl RIGO, y en calidad de asesores del Estado Empleador el Lic. Norberto PEROTTI, el Lic. Carlos SANTAMARIA; e) Dr. Jorge CARUSO, la Dra. Graciela ROLDAN, el Arq. Eduardo SAMPAYO; el Lic. Lucas NEJAMKIS, el Lic. Eduardo 15 Eduardo SALAS, y la Dra. Amalia DUARTE de BORTMAN, y por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA; el Dr. Pedro de LARRECHEA, el Dr. Amadeo NICORA, el Lic. Guillermo SANTANA, y el Lic. Miguel MACHI todos ellos por parte del Estado Empleador, y por parte gremial, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, el Sr. Hugo SPAIRANI y en representación de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO, los Sres. Eduardo DE GENNARO, Rubén MOSQUERA, Leopoldo, GONZALEZ y la Dra. María Martha TERRAGNO y por APINTA: los señores: Luis CUESTAS, Gerardo DÜRSELEN, y las Sra. Silvia DE BELLIS.

    En el marco del proceso de Negociación Colectiva Sectorial del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria y con el objeto de instrumentar el incremento salarial que surge de las pautas y metodología dispuestas en las cláusulas PRIMERA a CUARTA del Acta Acuerdo de fecha 21 del abril de 2006, se incrementan las retribuciones mensuales, normales, regulares y permanentes del personal del INTA en un 10% a partir del 1/6/06, y en un 9% a partir del 1/8/06.

    Como consecuencia de lo dispuesto en el párrafo que antecede fija el valor de cada UNIDAD RETRIBUTIVA, oportunamente establecida en el artículo 72 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) homologado por Decreto Nº 127/06, a partir del 1º de junio de 2006 en la suma de PESOS UNO CON DIEZ CENTAVOS ($ 1,10), y a partir del 1º de agosto de 2006 en al suma de PESOS UNO CON VEINTE CENTAVOS ($ 1,20). No siendo para más se da por finalizado el acto, firmando los presentes ante mí que certifico

    Dr. JOSE E. M. VERA, Director de Dictámenes y Contenciosos, Dirección Gral. de Asuntos Jurídicos MTE y SS.

     

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