ASOCIACION DEL PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

Gremiales

  • 24-02-2006

    Acta segunda reunión Comisión Permanente de Interpretación y Carrera

    ACTA SEGUNDA REUNIÓN COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA (COPIC)

    En la segunda reunión de la COPIC del 24/2/06 se acordaron: los pasos para la presentación y tratamiento de los recursos de reconsideración por el reencasillamiento, acciones a seguir para la equiparación del personal jubilado, constituir una comisión de trabajo para elaborar la propuesta del sistema de zonificación, respuesta a la nota presentada por la delegación gremial de la EEA Corrientes con relación al horario y la necesidad de proceder a la revisión del sistema de Evaluación del Desempeño.

    COPIC

    ACTA DE LA REUNION DE LA COPIC

    En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el día viernes 24 de febrero de 2006 en la sede del INTA sita en la calle Rivadavia 1439, se reúne la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera, integrada de conformidad con lo establecido en el Convenio Colectivo Sectorial del INTA homologado por Decreto 127/06 por los siguientes representantes: por APINTA: Luis Cuestas; Gerardo Dürselen, por ATE: José Luis Perea, por UPCN: Gladys Salto, por el INTA: Guillermo Santana, Hebe Julián, Pedro de Larrechea Muñoz, Héctor Montero y Ricardo Rodríguez.

    PRIMERO: Se discute el tema del circuito a seguir para la presentación y tratamiento de los recursos de reconsideración del reencasillamiento con motivo de la puesta en marcha del Convenio Sectorial. Una vez notificados fehacientemente de su reencasillamiento, los agentes podrán pedir vista de la planilla donde consta su reencasillamiento por parte de la Junta de Reubicación  interviniente. En caso de optar por el recurso de reconsideración, el mismo deberá ser presentado a la Dirección de la Unidad en la que reporta el agente fundamentado debidamente el mismo y adjuntando la documentación respaldatoria. La Dirección remitirá los recursos a la Dirección Nacional Asistente de Organización y RRHH la cual dará intervención a la Gerencia de Asuntos Jurídicos para su dictamen. Según sea la naturaleza del reclamo, se requerirá la intervención de las Juntas de Reubicación, de las autoridades de la dependencia en la que reporta el agente y/o de la Dirección  Nacional Asistente de Organización y RRHH. Una vez recibidas las actuaciones tomará intervención la COPIC a efectos de su conocimiento y opinión fundada en los casos que lo estime pertinente, en función de la Guía de Procedimiento aprobada. Las actuaciones con la intervención de la COPIC serán devueltas a la DNAO Y RRHH para su elevación al Consejo Directivo del INTA por la vía jerárquica a fin de resolver el recurso.

    SEGUNDO: Se fija fecha de próxima reunión el día viernes 10 de marzo a las 10 horas.

    TERCERO: Se discuten las acciones a seguir respecto del personal jubilado.
    Se conviene en que el INTA a través del Depto. De Administración de Personal revisará la nómina del personal jubilado a fin de analizar en base a la información de revista de cada uno al momento de acceder a la jubilación para propiciar el mecanismo de equiparación. Se dará participación a la COPIC y con la intervención de la Gerencia de Asuntos Jurídicos se remitirá la propuesta al Consejo Directivo para su resolución tras lo cual se procederá a informar al ANSES.

    CUARTO: Se discute la necesidad de armar un grupo de trabajo para revisar y elaborar la propuesta de sistema de zonificación de acuerdo a lo establecido en el Convenio Sectorial, para lo cual se fijó un plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigencia del mismo. Las parte designarán integrantes para el grupo.

    QUINTO: Respecto de la nota de fecha 22 de febrero de 2006 presentada por la delegación gremial de la EEA Corrientes en la cual se plantea si las ocho horas de jornada incluyen el tiempo de descanso y que el Centro Regional ha establecido un horario sin consulta a la parte gremial, se comunica que se ha consultado a Gestión Pública respecto del primer punto y que ésta ha informado que la jornada de ocho horas no incluye el horario de descanso de acuerdo con lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo General (66/99) y el Convenio Colectivo Sectorial (127/06).
    Respecto del segundo punto de la nota antes mencionada se informa que la Dirección Nacional procedió a informar a las autoridades de las distintas dependencias acerca de lo establecido en el Convenio Sectorial respecto del mecanismo para la fijación del horario.

    SEXTO:  Se plantea la necesidad de proceder a la revisión del sistema de evaluación de desempeño, atento la experiencia realizada con la herramienta aprobada en diciembre de 2003. El INTA revisará los resultados de la evaluación realizada en base de dicha herramienta para el período 2004, a fin de identificar las principales cuestiones que requieren una adecuación de la herramienta y/o del proceso.

    No habiendo para más y previa lectura y ratificación del acta se da por terminada la reunión siendo las 13:30 horas firmando los comparecientes copia del acta.

    Luis Cuestas              Gerardo Dürselen

    APINTA                          APINTA

    Pedro Larrechea Muñoz     Guillermo Santana      Hebe Julián       Héctor Montero

    INTA                                         INTA                      INTA                  INTA

     

    José Luis Perea                  Gladys Salto

         ATE                                  UPCN

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