RECURSO DE RECONSIDERACION
INTERPONE RECURSO DE RECONSIDERACION Y APELACION EN SUBSIDIO
Señor:
.(colocar el cargo del jefe inmediato superior seguido del nombre y apellido del mismo.)
De mi consideración:
El que suscribe:
(nombre y apellido del recurrente) con domicilio en:
Legajo Nº
.. Clase y Categoría:
.. se dirige a Ud. y por su intermedio ante quién corresponda a fin de interponer formal recurso de reconsideración y apelación en subsidio respecto a la comunicación de fecha
.., por lo cuál se le notificara al revistado de la evaluación de desempeño correspondiente al año 2004.
Fundamentos
Que cada agente describa las tareas que realiza, los años de trabajo, la capacitación en servicio y formal, las evaluaciones anteriores (años 2000, 2001 y 2002 como mínimo) y hacer hincapié en los factores en que considera no se lo ha evaluado adecuadamente.
Mencionar que siempre cumplió con el trabajo encomendado, asumiendo sus responsabilidades laborales a total satisfacción de sus superiores, que nunca recibió ningún llamado de atención ni sanciones y que realizando las mismas tareas y con la misma dedicación, cooperación, eficiencia, responsabilidad y actitud de superación fue evaluado en el 2004 con puntajes inferiores a los obtenidos en periodos inmediatos anteriores.
En efecto, el resultado obtenido de
puntos en la evaluación del período 2004, no refleja, a criterio del recurrente, su situación real, ya que estimo se ha procedido violando formas esenciales del procedimiento, esgrime argumentos que evidencian una profunda subjetividad como (cada uno utiliza los argumentos que le perjudican
.. falta de "creatividad e iniciativa", "actitud negativa de superación"), lo que está mostrando, más que una evaluación que puede ser constatada por cualquier observador objetivamente, un test psicológico orientado a descalificar lisa y llanamente a la impugnante. Todo esto se contrapone en forma tajante, con constancias que obran en su legajo de
años en la Institución, de donde surgen un cúmulo de actividades desarrolladas. Todas elles fueron tácitamente aprobadas ya que nunca fui observada en tal sentido ni se me dieron directivas de corrección como pretende hacerse creer en el acta de evaluación, como así tampoco consta en documento alguno el desempeño insuficiente que se me imputa.
Por todo lo expuesto y ante el evidente perjuicio material y moral ocasionado a la recurrente, y teniendo en mira la fragilidad de los argumentos esgrimidos por la Administración para su calificación, sumado a la violación flagrante de normas procedimentales, vengo a impugnar formalmente el resultado, por afectar mis derechos subjetivos e intereses legítimos.
Deseo además señalar que dicho resultado afecta mi carrera en la institución y mi futuro en la misma, ya que de convalidarse y de continuar las evaluaciones con éstos métodos subjetivos que no permiten la defensa del agente, se podría llegar hasta la destitución.
Como es unánime en la doctrina administrativa, el acto administrativo se ejecuta conforme al principio supremo de la razonabilidad, y la competencia le es conferida al órgano para ejercerle de acuerdo a este principio rector, de modo tal que, cada decisión, aún la discrecional, debe ser razonable para producir efectos jurídicos válidos. Aquí se prescinde de los hechos, apoyándose en situaciones inexistentes y valga como muestra el mencionar que la decisión se apoya en una supuesta y no probada "ausencia de creatividad e iniciativa compatible con sus antecedentes universitarios y de capacitación", "adopción de una actitud negativa de superación", argumentando que ello devino en "...un bajo nivel de eficiencia y efectividad". Esto denota una extrema subjetividad en la apreciación, carente de todo sustento probatorio dado que la misma no está respaldada por documentos o informes que puedan servir como medio probatorio fehaciente.(esto depende de cada agente, puede ponerse o no)
Nos encontramos así ante una decisión que carece de fundamentación normativa seria, ya que la administración valiéndose de afirmaciones meramente dogmáticas toma una determinación como la que estamos atacando, afectando manifiestamente los derechos de la impugnante. Así el art. 7º inc. "c" del Dec. Ley19549/72 menciona que "...deberá ser motivado, expresándose en forma concreta las razones que inducen a emitir el acto, consignándose así los hechos y antecedentes que le sirven de causa y en el derecho aplicable", tal como lo establecen en el apartado b del mismo texto legal.
Esta aseveración que acabo de exponer tiene su corolario con lo establecido en el art. 12 del la citada norma legal cuando al referirse a la presunción de legitimidad del acto administrativo añade que "su fuerza ejecutoria faculta a la Administración a ponerlo en práctica por sus propios medios -a menos que la ley o la naturaleza del acto exigieran la intervención judicial- e impide que los recursos que interpongan los administradores suspendan su ejecución y efectos, salvo que una norma expresa establezca lo contrario y continúa "sin embargo, la Administración podrán, de oficio o a pedido de parte y mediante resolución fundada, suspender la ejecución por razones de interés público, o para evitar perjuicios graves al interesado, o cuando se alegare fundadamente una nulidad absoluta..."
En el caso de la impugnante términos que, la resolución de la Administración adolece de una nulidad absoluta e insanable, por la manifiesta arbitrariedad y la falta de fundamentación normativa seria en que incurrió, lo que lo privaría de su fuerza ejecutoria por echar abajo la presunción de legitimidad de que goza, por lo que sus efectos deben suspenderse y lo solicita esta parte.
Por todo lo expuesto, solicito se tenga por recurrida la evaluación de desempeño del periodo 2004, en legal tiempo y forma, y se revoque la misma por no ajustarse a derecho.
Para el supuesto del rechazo de la presente petición, se deja planteado expresamente formal recurso jerárquico a fin de llevar el reclamo a la instancia Superior, en la forma de estilo.
Saluda a Ud. Atentamente.
Recurre el presentante a fin de que considere Ud. la injusta apreciación cualitativa del desempeño del recurrente la que no constituye un reflejo del desempeño del mismo como agente de la institución.
Firma:
.
Aclaración:
.
Legajo Nº:
.