ASOCIACION DEL PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

Gremiales

  • 25-03-2010

    Adicional por Título.

    Se remite Acta Nº67 de COPIC, de fecha 25/03/10 y la propuesta para establecer un Adicional por Título, presentada por APINTA.

    Cordialmente.

    Luis Ángel Cuestas.
    Luis Ángel Cuestas.
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    ADICIONAL POR TITULO
    El personal percibirá un Adicional de carácter remunerativo por Título de acuerdo con los siguientes niveles, cuando los títulos obtenidos resulten de aplicación en las tareas desempeñadas por el agente. Se percibirá un solo título por agente, reconociéndose al que le corresponda el mayor adicional.
     
    a) Universitarios de carreras de posgrado con Título de Doctorado.(600 U.R.)
    b) Universitarios de carreras de posgrado con Título de Maestría. (500 U.R.)
    c) Universitarios de carreras de posgrado con Título de Especialización o de Especialista.              (400 U.R.)
    d) Títulos universitarios de carreras de grado que demanden 4 (cuatro) años o más de estudios superiores. (300 U.R.)
    e) Títulos de Estudios de Nivel Superior que demanden de 2 (dos) a 3 (tres) años de estudios.  (200 U.R.)
    f) Títulos secundarios reconocidos en sus distintas especialidades y modalidades (art. 17 ley     26206). (150 U.R.)
    g) Certificados de estudios correspondientes al Ciclo Básico de los títulos del inciso anterior con planes de estudios con reconocimiento oficial. (125 U.R.)
    h) Certificados de estudios primarios. (100 U.R.) 

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