Ministerio de Trabajo y Seguridad Social - Argentina
La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) es un organismo autárquico, autónomo, tripartito y normativo, creado por la Ley 22.248 (Título III, Capítulo I, artículo 85), que actúa en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el cual tiene a su cargo la asistencia técnico-administrativa necesaria para el funcionamiento de la mencionada Comisión.
Este organismo está constituido por una Comisión Central y catorce Comisiones Asesoras Regionales (CAR) con asiento en las principales provincias del país, representativas de las economías regionales con mayor incidencia en la actividad. Se encuentra bajo la dependencia funcional del Subsecretario de Relaciones Laborales, quien a su vez es el presidente de la Comisión.
La Comisión tiene la facultad de dictar su propio reglamento interno y organizar su funcionamiento. Los gastos para el funcionamiento de la CNTA y sus CAR serán previstos en el presupuesto ordinario del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; debiendo la Comisión preparar anualmente el presupuesto correspondiente, que someterá a la aprobación de dicho Ministerio.
Los sectores productivos (empleadores y trabajadores) conjuntamente con el Estado establecen las normas del Régimen Nacional de Trabajo Agrario. En esa conjunción de esfuerzos reside la importancia del organismo.
Las normas emanan de la CNTA, en tanto que las CAR (también de conformación tripartita) cumplen funciones de asesoramiento y asistencia regional a su requerimiento.
La CNTA se encuentra trabajando en su organización interna con el objetivo de implementar una estructura de asistencia técnica profesionalizada, un modelo eficiente de gestión y transparencia en los resultados que asegure el compromiso ético de sus miembros, con el consenso de las organizaciones tripartitas que la conforman.
Desarrollo y actividad de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario
Desde 1989 a la fecha se han dictado numerosas resoluciones, que se clasifican en dos ítems netamente diferenciados: Condiciones de trabajo y escalas salariales por actividades.
Agosto, 2005